El autor, abogado y presidente de RENACE San Luis Potosí, A.C., relata una experiencia que muestra cómo la aplicación ingeniosa y decidida de las leyes representa una herramienta formidable al servicio de la educación, la justicia y la transformación social.
Estoy convencido de que, en los sistemas democráticos, el derecho es una herramienta de profunda transformación social. Por eso creo firmemente que si México aspira a escribir un mejor futuro es indispensable avanzar en la consolidación de nuestra democracia y de nuestro Estado de derecho.
Con la promulgación en 2013 de la nueva Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, nuestro país introdujo una revolución en su sistema jurídico al colocar en el centro la vigencia efectiva de los derechos humanos y su protección en el sentido más amplio.
El artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho de los mexicanos a la educación. En su literalidad, se establecen los alcances, los principios, los modos y las obligaciones que debe cumplir la política del Estado mexicano en materia educativa, conformando en su integralidad las bases en las que descansa el funcionamiento del sistema educativo de nuestro país.
El inciso a) de la fracción segunda contiene un elemento central para conceptualizar el “criterio que (la) orientará” y, por tanto, el perfil que debe observar la educación en México: “Será democrático, considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo”. Democracia como forma de vida y constante mejoramiento económico y social, para un niño o una niña. ¿Dónde podrían y deberían aprenderse y practicarse esas cualidades para cumplir con el espíritu de la Constitución? La respuesta es una sola: en la escuela. ¿Pero qué pasa si la escuela ni siquiera cuenta con las condiciones mínimas ya no digamos para alcanzar el mejor desempeño escolar sino siquiera la infraestructura básica para garantizar que el derecho a la educación de la infancia disponga de lo más elemental con el fin de ejercerse dignamente?
Esta es la historia de Marichuy, una niña de 11 años, que nos inspiró para dar una batalla legal novedosa, para lograr que su escuela se convirtiera verdaderamente en un centro educativo y no sólo fuera los jirones olvidados de la indiferencia de la sociedad y de la negligencia de las autoridades.
En noviembre de 2012 hicimos el esfuerzo de fundar RENACE en San Luis Potosí. La concebimos como una organización de la sociedad civil que buscaba preeminentemente ayudar a inocentes a salir de prisión o a personas privadas de la libertad por carecer de los recursos económicos para procurarse una adecuada defensa.
A partir de las experiencias vividas a través de los años, nuestra asociación amplió y potenció el espectro de sus actividades, impulsando un enfoque de promoción y defensa de los derechos humanos que nos ha permitido establecer sinergias con otras asociaciones, realizar foros y seminarios, promover iniciativas de reforma legal y utilizar la herramienta de litigio estratégico.
En abril de 2019 RENACE San Luis Potosí, A.C., en seguimiento a la línea de defensa de los derechos humanos, comenzó con la identificación de escuelas primarias públicas en San Luis Potosí que carecieran de una infraestructura educativa digna para las niñas y los niños, con la finalidad de iniciar una defensa legal estratégica que lograra la habilitación digna y la reconstrucción de las mismas.
Derivado de esa búsqueda identificamos la escuela primaria José María Pino Suárez, ubicada en la comunidad de San José del Barro, en el municipio de Soledad de Graciano Sánchez (conurbado a la capital), inserta en un ambiente social con alta incidencia delictiva, de violencia, de marginalidad y de pobreza. Originalmente, el uso que se daba a las instalaciones era como bodega. Ante el abandono de esa función, la necesidad la convirtió en escuela.
Además de las difíciles condiciones del contexto, definimos que la escuela Pino Suárez era pertinente porque sus condiciones eran tan deficientes que las niñas y los niños estaban en riesgo. Cableado eléctrico expuesto y mal instalado, espacios llenos de maleza y sin pavimentar, aulas en condiciones materiales críticas, carencia de biblioteca, de aula de cómputo y de baños higiénicos que obligaba a los menores a hacer sus necesidades en una letrina.
Luego de seleccionar la escuela, nos reunimos con madres y padres de familia para ponernos a sus órdenes e invitarlos a asumir un rol activo en la lucha jurídica por hacer efectivo el derecho a la educación de sus hijos. De todos ellos, los padres de la niña Marichuy, la señora Irma Guadalupe y el señor Hugo, se entusiasmaron con la idea de promover un juicio de amparo indirecto, con la finalidad de buscar que un juez protegiera el derecho de su hija y de todos sus compañeritos a tener una escuela digna a la cual asistir con alegría y ganas de aprender.
Con incertidumbre, pero también con mucha convicción, presentamos la demanda el 10 de abril de 2019, la cual fue remitida al juzgado octavo de distrito del estado. Como autoridades responsables señalamos a todas y a cada una de las instituciones federales y estatales que, pudiendo hacer algo para cambiar las cosas, seguían sometidas al inercialismo y a la resignación, los cuales, en muchas ocasiones, acaban por volverse endémicas al aparato gubernamental y, tristemente, afincarse como la idea de “normalidad” en la sociedad.
La negligencia institucional que estimamos vulneraba los derechos de Marichuy consistían en omitir llevar a cabo las actividades necesarias para reconstruir, rehabilitar y dar mantenimiento a la escuela José María Pino Suárez, para contar con un lugar seguro, ventilado y mínimamente funcional, así como prevenir y atender daños causados a la infraestructura educativa por desastres tecnológicos o humanos de la escuela.
Uno de los aspectos centrales de la promoción del amparo fue que solicitamos al juzgado que la sentencia definitiva del asunto a su vez fuera dictada en formato de lectura fácil para que Marichuy pudiera comprender sus alcances. Siempre he creído que, en la medida en que el derecho se vuelve asequible para las personas, estamos en mejores condiciones para alcanzar la justicia.
El 26 de abril de 2019 se admitió la demanda. La juez solicitó a las autoridades responsables sus respectivos informes justificados y ordenó la intervención que le corresponde al agente del Ministerio Público de la Federación.
En el mismo auto se ordenó decretar la suspensión provisional que buscaba ordenar a la autoridad efectuar un estudio técnico en las materias de arquitectura y electricidad, para constatar que el lugar donde Marichuy y sus compañeros recibían sus clases no representara un riesgo para su integridad física y para su salud.
Estas acciones incluían contar con la ventilación adecuada para la no propagación de enfermedades, el acceso a la toma de agua potable y de sanitarios para realizar necesidades fisiológicas de forma higiénica y sana, el retiro de maleza y escombro en distintas áreas de la escuela para la práctica de actividades físicas, instalaciones de electricidad seguras y evaluar las posibilidades de acceder a un lugar para instalar una biblioteca y un centro de cómputo; además de que, si derivado de un análisis preliminar se infería un riesgo, como medida preventiva las niñas y los niños recibieran sus clases en lugar diverso mientras se realizaban las tareas necesarias.
Luego de celebrarse la audiencia incidental, se decretó la suspensión definitiva con los mismos efectos.
A partir de estos alentadores resultados, empezaron a presentarse algunas represalias. El maestro de Marichuy comenzó a ausentarse luego de que se presentó la demanda, por lo que las autoridades utilizaron esa situación para hostigar a sus padres y tratar de deslegitimar su causa ante los demás padres y madres de familia. Ante esta felonía, decidimos ampliar la demanda por la falta de profesor sin causa justificada. Nos otorgaron la suspensión provisional, luego la definitiva y se ordenó que se instruyera de inmediato la presentación de un o una docente en la escuela.
Lamentablemente, respecto de la parte de la resolución relacionada específicamente con la reconstrucción de la escuela, las autoridades sostuvieron que no era parte de su competencia, incumpliendo con la suspensión definitiva. Ante esta negativa, en junio de 2019 se promovió un incidente por defecto en el cumplimiento de la suspensión, mismo que se declaró procedente por lo cual se requirió a las autoridades para que en el término de 24 horas cumplieran con la suspensión definitiva, apercibiéndolas de que, de no hacerlo, serían denunciadas al Ministerio Público por los delitos contemplados en la Ley de Amparo.
Es esta acción la que terminó consolidando el triunfo de nuestra estrategia jurídica, pues en agosto de 2019 las autoridades comenzaron a trabajar en la reconstrucción de la escuela, instalando bebederos, baños y una nueva aula y limpiando la maleza del lugar; también pusieron a un maestro frente a grupo. No puedo dejar de mencionar que en lo relativo a contar con un aula de cómputo y una biblioteca decidimos no esperar una negativa fundada del gobierno y convocamos a compañeros colegas, iniciando con los del bufete De la Garza, a participar con donaciones, con lo que conseguimos equipar un aula con libros y computadoras.
En todo el proceso el equipo de RENACE San Luis acompañó a Marichuy, a su madre y a su padre, pero quizá lo adecuado sea decir que ellos nos acompañaron a nosotros. Lograr que las autoridades acataran la sentencia del juzgado federal no fue sencillo, pero valió la pena y es un camino muy útil y legítimo para que los mexicanos dejen de quedarse callados ante el abuso, la negligencia o la indiferencia del gobierno.
El 22 de mayo de 2020 la juez Laura Coria resolvió en definitiva el asunto, en el que otorgó el amparo y la protección de la justicia de la Unión a Marichuy contra las autoridades federales y estatales, a efecto de que adoptaran medidas necesarias para que se garantizara el derecho a la educación de calidad previsto en el artículo tercero de la Constitución. No sólo lo resolvió, sino que dispuso que un apartado de la sentencia se redactara en un lenguaje sencillo para la comprensión de Marichuy y de todas las niñas y los niños de la escuela Pino Suárez.
A propósito de esta historia, recuerdo unas palabras de Ponciano Arriaga Leija, potosino ilustre y padre de la Constitución de 1857, al reflexionar en su famoso voto particular sobre el derecho de propiedad y sobre la distancia entre la ley escrita y la realidad social que en muchas ocasiones la ignora: “Un pueblo no puede ser libre, ni republicano, y mucho menos venturoso, por más que 100 constituciones y miles de leyes proclamen derechos abstractos, teorías bellísimas, pero impracticables, en consecuencia, del absurdo sistema económico de la sociedad”.
El amparo, institución jurídica histórica y de vanguardia, se ha convertido en un instrumento formidable para que la letra del derecho no sea una máxima grandilocuente, sino un instrumento jurídico y democrático de justicia efectiva y transformación social. Lo logramos. En la escuela de Marichuy también se dan lecciones de dignidad.
* Abogado por la Escuela Libre de Derecho, socio de Bufete de la Garza, S.C. y consejero delegado para litigio estratégico de la Coparmex.
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